La remesa documentaria

La remesa documentaria es un medio de pago que consiste en encargar al banco la gestión de ciertos documentos que harán posible el cobro de una exportación. 

Este tipo de pago está regulado por las Reglas Uniformes relativas a las Cobranzas, Cuaderno 522 de la Cámara de Comercio Internacional (CCI).

En el artículo 4: Instrucciones de cobro viene detallado:

  1. “Todos los documentos enviados para gestionar su cobro deberán ir acompañados de una instrucción de cobro que indique que la cobranza está sujeta las URC 522 y que contenga instrucciones completas y precisas. Los bancos sólo están autorizados a actuar según las instrucciones contenidas en la instrucción de cobro y conforme a las presentes Reglas.”

Existen 2 tipos de remesas: simples y documentarias. 

En las simples sólo se entregan documentos financieros (pagarés, letras de cambio, etc.) y en las documentarias se entrega documentación tanto financiera como comercial (facturas, documentos de transporte, etc.)

A su vez las remesas pueden ser:

  • Pagaderas a la vista: son las que indican que los documentos deben ser entregados contra pago.
  • Con pago aplazado: se entregan los documentos con fecha de pago futura.

Entran en juego 4 participantes:

  1. El exportador (cedente): que es quien realiza la documentación y la presenta en su banco.
  2. Banco presentador: el banco designado por el exportador, donde entrega la documentación.
  3. Banco remitente: es el que recibe la documentación y quien gestiona el cobro.
  4. Importador (librado): persona o entidad a la que está expedida la remesa y será quien tiene que hacer el pago o aceptar los efectos.

Pasos que se siguen:

  1. El exportador, una vez enviada la mercancía, acude a su banco a entregar la documentación previamente acordada con el importador.  El exportador da instrucciones a su banco de cómo gestionar el cobro.
  2. El banco del exportador envía los documentos al banco remitente junto con una carta donde se determinan las características de la remesa documentaria.
  3. El banco remitente pone a disposición del importador la documentación recibida y le serán dados una vez realice el pago o acepte el documento financiero oportuno.
  4. Una vez pagada o aceptado el medio de pago el importador podrá retirar la mercancía con los documentos que se le han dado.
  5. En caso de que el importador no aceptase los documentos o no hiciera el pago el banco remitente avisa al presentador y los documentos se devolverán a origen.

Ventajas:

-Exportador

  • La mercancía está en su poder en todo momento*.
  • Recibirá el pago a la vez que el importador recibe la mercancía*.
  • Puede anticipar por descuento el efecto.

-Importador:

  • No tiene riesgo bancario.
  • Es más barato que el crédito documentario.
  • Recibe los documentos en el momento del pago o aceptación.

Inconvenientes:

-Exportador:

  • El cobro es lento.
  • Si el importador no retira la documentación la mercancía está en el país de destino.

-Importador:

  • Los documentos pueden ser falsificados.
  • No puede revisar la mercancía antes de pagarla.

*Estos 2 puntos no son así si el envío es aéreo ya que el comprador podrá recoger la mercancía dirigiéndose al agente IATA en el aeropuerto e identificándose con el destinatario.